domingo, 17 de agosto de 2008

CLASIFICACION DE LOS VINOS ESPAÑOLES





CLASIFICACION DE LOS VINOS LA LEY DEL AÑO 2003-. En resumen podemos esquematizar estas clasificaciones: 1.- Clasificación según su proceso de elaboración y sus controles La clasificación de los vinos españoles, para adaptarse a la normativa europea, se divide en dos grandes grupos: los Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas (VCPRD) y los Vinos de Mesa (VDM).
Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas (VCPRD): Son los de mayor calidad debido a la exigencia y control que se establece en la producción.
Vinos con Denominación de Origen Calificada (DOCa)Los vinos de máxima calidad y además mantenida durante un largo periodo de tiempo:
Que hayan transcurrido, al menos, diez años desde su reconocimiento como Denominación de Origen.
Se comercialice todo el vino embotellado desde bodegas inscritas y ubicadas en la zona geográfica delimitada.
Cuente con un sistema de control desde la producción hasta la comercialización respecto a calidad y cantidad, que incluya un control fisico-químico y organoléptico por lotes homogéneos de volumen limitado.
Está prohibida la coexistencia en la misma bodega con vinos sin derecho a la DOCa, salvo vinos de pagos calificados ubicados en su territorio.
Ha de disponer de una delimitación cartográfica, por municipios, de los terrenos aptos para producir vinos con derecho a la DOCa.
Vinos con Denominación de Origen (DO).Vinos con prestigio que proceden de una zona determinada y reglamentado por un Consejo Regulador:
Haber sido elaborados en la región, comarca, localidad o lugar determinados con uvas procedentes de los mismos;
Disfrutar de un elevado prestigio en el tráfico comercial en atención a su origen.
Que su calidad y características se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico que incluye los factores naturales y humanos.
Además, han de haber transcurrido, al menos, cinco años desde su reconocimiento como vino de calidad con indicación geográfica.
Vinos de Calidad con Indicación GeográficaSon vinos elaborados en una región determinada, con uvas procedentes de la misma y cuya calidad, reputación o características se deben al “medio geográfico, al factor humano o a ambos, en lo que se refiere a la producción de la uva, a la elaboración del vino o a su envejecimiento. Se identificarán mediante la mención Vino de calidad de..., seguida del nombre del lugar donde se produzcan”.
Vinos de Pago.Nueva categoría dentro de la clasificación de vinos. Son los originarios de un pago" entendiendo por tal el paraje o sitio rural con características edáficas y de microclima propias que lo diferencian y distinguen de otros de su entorno, conocido con un nombre vinculado de forma tradicional y notoria al cultivo de los viñedos de los que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares y cuya extensión máxima será limitada reglamentariamente por la Administración competente, de acuerdo con las características propias de cada Comunidad Autónoma, y no podrá ser igual ni superior a la de ninguno de los términos municipales en cuyo territorio o territorios, si fueren más de uno, se ubique.
Vinos de Mesa (VDM):Vinos de una calidad teóricamente inferior, pero que en ocasiones alcanzan niveles iguales o superiores:
Vinos de la TierraVinos de determinadas zonas que son perfectamente identificables y con marcadas características locales, siguiendo una normativa vinícola y enológica no tan exigente como la de las DO.
Vinos de Mesa 2.- Clasificación por envejecimiento y sus características.
Vino Gran reserva:
Los vinos tintos con un periodo mínimo de 60 meses de envejecimiento de los que al menos 18 serán en madera.
Los vinos blancos y rosados con periodo de 48 meses, 6 de ellos en madera.
Los vinos espumosos de calidad pueden utilizar las indicaciones “premium” y “reserva” y se denominan “gran reserva” los amparados por la denominación cava con un periodo mínimo de envejecimiento de 30 meses desde el tiraje hasta el degüelle.
Vino Reserva:
Son los tintos con un periodo mínimo de envejecimiento de 36 meses con al menos 12 en madera y el resto en botella.
Los vinos blancos y rosados con un periodo de 18 meses, 6 de ellos en madera.
Vino de crianza:
Los vinos tintos con un periodo de envejecimiento mínimo de 24 meses de los que al menos 6 serán en madera de roble de 330 litros de capacidad máxima.
Los vinos blancos y rosados con un periodo mínimo de 18 meses.
Vino de crianza:
Los vinos tintos con un periodo de envejecimiento mínimo de 24 meses de los que al menos 6 serán en madera de roble de 330 litros de capacidad máxima.
Los vinos blancos y rosados con un periodo mínimo de 18 meses.
Vino viejo:
Vinos con un periodo mínimo de envejecimiento de 36 meses y con un marcado carácter oxidativo debido a la acción de la luz, del oxígeno, del calor o del conjunto de estos factores.
Vino añejo:
Vinos con un periodo mínimo de envejecimiento de 24 meses en total en recipiente de madera de roble con una capacidad máxima de 600 litros o en botella
Vino noble:
Vinos con un periodo mínimo de envejecimiento de 18 meses en total en recipientes de madera de roble o en botella.

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